Consejo de Estado niega nulidad y confirma curul del concejal Recer Lee Pérez
El político había sido condenado e inhabilitado por 9 años para ejercer cargos públicos.
El Consejo de Estado confirmó la sentencia del 27 de mayo de 2025, por medio de la cual, el Tribunal Administrativo del Atlántico negó la nulidad del acto de elección de Recer Lee Pérez Torres como concejal del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla (Atlántico), para el periodo 2024 a 2027.
Así las cosas, el cabildante del Pacto Histórico mantiene su curul.
La decisión del Tribunal fue apelada por Romeo Edinson Pérez Field, quien fue el demandante que solicitó la nulidad del acto de elección
"En criterio del accionante, el acto de elección está viciado por las causales de anulación de infracción de las normas en las que debía fundarse y expedición irregular, conforme con los artículos 137, el «numeral 3.º» 3 del 275 de la Ley 1437 de 2011, y 262 de la Constitución Política, por los hechos acontecidos al momento de inscribir la candidatura demandada, para las elecciones llevadas a cabo el 29 de octubre de 2023, como pasará a exponerse", indicó el Consejo de Estado en su fallo.
Sin embargo, la Sala del alto tribunal administrativo consideró que el recurrente no aportó elementos suficientes para desvirtuar la presunción de legalidad del acto mediante el cual fue elegido Recer Lee Pérez Torres como concejal del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.
"En efecto, se evidenció que la postulación se realizó conforme a los tiempos establecidos, la identificación de la coalición resultó inequívoca y las determinaciones en torno al modelo de lista y la utilización de emblemas se ajustaron al margen de independencia propio de las colectividades políticas. Además, no se constató anomalía de ninguna naturaleza capaz de provocar la nulidad del resultado electoral, ni se advirtieron violaciones normativas o la expedición irregular alegadas", expresó.
En consecuencia, el Consejo de Estado confirmó la decisión emitida por el Tribunal Administrativo del Atlántico, que negó las pretensiones de la demanda.
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Recordemos que el cabildante fue condenado a 9 años de prisión domiciliaria por ser responsable de los delitos de uso de documento público falso, fraude procesal, falsedad material en documento público, cometidos en concurso homogéneo y sucesivo, y en concurso material heterogéneo no punibles.
Además, Recer Lee Pérez fue inhabilitado por 9 años para ejercer cargos públicos.